La protección de la libre competencia empresarial es un principio transversal e inspirador de la legislación de contratación pública, y está presente de forma indirecta en el resto de principios que la informan, incluyendo los de libertad de acceso a las licitaciones, la publicidad y transparencia de los procedimientos y los de no discriminación e igualdad de trato de los candidatos. En este sentido, la LCSP prevé distintos mecanismos de interrelación entre las autoridades de competencia y los órganos de contratación pudiendo llegar a afirmarse que estos últimos se convierten en verdaderos coadyuvantes de los órganos de defensa de la competencia de cara a la detección de posibles conductas que falseen la libre concurrencia empresarial. El estudio, desde una perspectiva crítica, de estos instrumentos constituye el objeto del presente estudio.