Juan Luis Ibarra Robles
En el marco del sistema de poderes del País Vasco, el Estatuto de Autonomía, en su artículo 39, crea una institución singular a la que denomina como «Comisión Arbitral». En el artículo se analizan tres cuestiones clave en torno a dicha institución: su constitución y puesta en funcionamiento, su naturaleza jurídica y la articulación entre sus ámbitos materiales y funcionales con los propios de la jurisdicción.