En fecha 19 de julio de 2024 el Tribunal Superior de Justicia resolvió por sentencia el primero de los recursos contenciosos interpuestos contra la aprobación definitiva de la Ordenanza Fiscal del Ayuntamiento de Barcelona, relativa a la tasa de reparto de los bienes adquiridos por comercio electrónico. En dicha sentencia, que no es firme, la Sala catalana estima el recurso presentado por la patronal de la logística UNO por considerar que a través de la tasa en realidad se grava una actividad y no la ocupación del dominio público local, esto es, se ha creado un impuesto que grava la actividad de los operadores postales bajo la apariencia de una tasa. La sentencia cuenta con un voto particular en el que se avala expresamente la legalidad de la ordenanza fiscal impugnada.