Recientes casos han mostrado un interés renovado por el régimen jurídico de los matri-monios transfronterizos igualitarios, que puede abordarse desde las dos lógicas que informan el Derecho internacional privado. Desde una lógica de Derecho internacional, se analizará el matrimonio igualitario a la luz de los derechos humanos, del proceso europeo de integración y del impacto de ambos en los sistemas constitucionales de los Estados. La conclusión será que debe atenuarse el orden público de los Estados contrarios a este matrimonio. Desde una lógica de Derecho privado, la mencionada atenuación del orden público resultará una técnica especialmente útil para afrontar la validez y eficaciadel matri-monio igualitario transfronterizo, cuestiones relacionadas con la separación legal, divorcio y régimen económico, así como la identidad, la nacionalidad y los derechos alimenticios y sucesorios del cónyuge del mismo sexo o género.
Recent cases have shown a renewed interest about the regulation of cross-border equal marriages, which can be analyzed from the logics that informs Private International Law. From a logic of International Law, equal marriage will be analyzed in light of human rights, the European integration process and the impact on the constitutional systems of States. As conclusion, it will be necessary to attenuate the public order of the States contrary to this marriage. From a logic of Private Law, the men-tioned attenuation of public policy is a particularly useful technique for the validity and effectiveness of cross-border equal marriage, issues of legal separation, divorce and property regime, as well as identity, nationality and maintenance and inheritance rights of the spouse of the same sex or gender.