José María Martín Faba
La STJUE de 4 de julio de 2024, asunto C‑450/22, realiza tres declaraciones de interés. Primera, que, en el marco de una acción colectiva interpuesta por una asociación de consumidores contra las cláusulas suelo utilizadas por una multitud de entidades de crédito, el juez nacional pude llevar a cabo un control de transparencia sobre esas cláusulas. Segunda, que, en el seno de dicha acción colectiva, el control de transparencia se basará en dilucidar si un consumidor medio pudo comprender el impacto económico de la cláusula suelo a la luz de las prácticas precontractuales y contractuales estandarizadas de cada entidad de crédito. Tercera, que un consumidor medio puede comprender la incidencia económica de la cláusula suelo a partir de un acontecimiento objetivo o un hecho notorio, como la caída de los tipos de interés en el año 2000 o el pronunciamiento de la STS 241/2019, de 9 de mayo.