Clara Martínez Baeza
El sistema disciplinario para sancionar conductas infractoras de los trabajadores en nuestro país brinda múltiples opciones al empresariado, con el objetivo principal de reeducar a los trabajadores, en línea con los principios constitucionales. Sin embargo, el uso indebido del despido disciplinario ha sido una constante desde la promulgación del Estatuto de los Trabajadores. El Real Decreto-Ley 3/12 de 10 de febrero respondió a esta demanda empresarial al reducir significativamente las consecuencias del despido disciplinario improcedente. Existe una corriente europea, basada en recientes decisiones del Comité Europeo de Derechos Sociales del Consejo de Europa, que sostiene que la limitación de las indemnizaciones otorgadas a los trabajadores en casos de despido injustificado infringe el Artículo 24 b) de la Carta Social Europea.
The disciplinary system for sanctioning workers' infractions in our country offers multiple options to employers, with the primary objective of reeducating workers, in line with constitutional principles. However, the misuse of disciplinary dismissal has been a constant issue since the enactment of the Workers' Statute. The Royal Decree-Law 3/12 of February 10 addressed this business demand by significantly reducing the consequences of unjustified disciplinary dismissal. There is a European trend, based on recent decisions by the European Committee of Social Rights of the Council of Europe, which argues that limiting compensation awarded to workers in cases of unjustified dismissal violates Article 24(b) of the revised European Social Charter.