El derecho europeo y el nacional tienen el expreso propósito de erradicar la corrupción en la contratación pública, comenzado por evitar la presencia de conflictos de intereses en quienes intervienen en ella. Los medios para ello, sugeridos por la doctrina, son variados, siendo la profesionalización uno de los que se recomiendan con práctica unanimidad. Una vertiente, sin embargo, menos explorada y regulada es la relativa a la exigencia de profesionalidad (y su control) a los asesores externos de los órganos de contratación. El presente trabajo propone la certificación o habilitación previa como requisito necesario para ejercer tales funciones de asesoramiento externo a los órganos de contratación.