El principio de indemnidad laboral es, básicamente, un mecanismo técnico jurídico que protege a la persona trabajadora que ha reclamado, en vía interna laboral, administrativa o judicial, el disfrute de los derechos -laborales, sindicales, de prevención de riesgos o de Seguridad Social- que concede la normativa laboral, legal o estatutaria. Las eventuales actuaciones empresariales ulteriores que pudieran conllevar una pérdida sobrevenida de sus derechos, por imposición de sanciones, traslados, despidos, etc., quedarían en la sombra de sospecha de haberse orquestado como represaría por el ejercicio de sus derechos. El desplazamiento de la carga de la prueba y la aportación por parte de la persona trabajadora de indicios racionales de que la actuación empresarial se ha producido como represalia por la solicitud de derechos son los dos mecanismos técnicos en el que se concreta dicho principio. A dicha situación puede anudarse, sin demasiada dificultad técnica, una lesión de Derechos Fundamentales que requiere ser reparada mediante una indemnización económica, generalmente empleando para su cuantificación la Ley de Infracción y Sanciones del Orden Social.
The principle of labor compensation is, basically, a technical legal mechanism that protects the worker who has claimed, through internal labor, administrative or judicial means, the enjoyment of rights - labor, union, risk prevention or Social Security. - granted by labor, legal or statutory regulations. Any subsequent business actions that could lead to a sudden loss of their rights, due to the imposition of sanctions, transfers, dismissals, etc., would remain under the shadow of suspicion of having been orchestrated as a retaliation for the exercise of their rights. The shifting of the burden of proof and the contribution by the worker of rational indications that the business action has taken place in retaliation for the request for rights are the two technical mechanisms in which this principle is specified. This situation can be linked, without too much technical difficulty, to an injury to Fundamental Rights that requires reparation through economic compensation, generally using the Law of Infringement and Sanctions of the Social Order for its quantification.