El Derecho de la Unión sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores, debe interpretarse en el sentido de que permite que un órgano jurisdiccional nacional lleve a cabo el control de transparencia de una cláusula contractual en el marco de una acción colectiva dirigida contra numerosos profesionales pertenecientes al mismo sector económico y que tiene por objeto un número muy elevado de contratos, siempre que esos contratos contengan la misma cláusula o cláusulas similares.