Marta Carrera Torner
La reforma del Código Penal de la LO 1/2015 introdujo modificaciones trascendentales en el ámbito de los delitos sexuales, y específicamente en el ámbito de menores, se incorporó la cláusula que la doctrina científica ha apodado «Romeo y Julieta».
La finalidad principal de esta cláusula es descriminalizar conductas desprovistas de nocividad atendiendo a la consideración de las relaciones sexuales entre menores.
Pero como pretende reflejarse en el presente artículo, la interpretación jurisprudencial que se ha hecho de la cláusula respecto a su aplicación ha dado lugar a una escala gradual de consecuencias penológicas.