La presente investigación evidencia la evolución de la condición resolutoria tácita, desde una concepción subjetiva y moralista a una objetiva. La concepción, que se podría denominar como tradicional, de esta figura hunde sus raíces en una concepción subjetiva, que es propia del Derecho romano posclásico y del Derecho canónico medieval, y que se traslada a la codificación francesa. En el Derecho romano clásico los casos de resolución operaban de forma muy similar a lo que se podría denominar como el actual Derecho de remedios, aunque la imputabilidad operaba como requisito de la resolución. Además, en este trabajo se concluye que el Código de Bello se inclina claramente a favor del sistema subjetivo, es decir, la resolución del contrato exige como requisito la imputabilidad a título de dolo o culpa
The present research shows the evolution of the tacit resolutory condition, from a subjective and moralistic conception to an objective one. These concept, which could be called traditional, has its roots in a subjective conception, which is typical of post-classical Roman law and medieval canon law, and which is translated into French codification. In classical Roman law cases of resolution operated in a manner very similar to what might be termed the current law of remedies, although imputability operated as a requirement of resolution. In addition, this paper concludes that the Bello Code is clearly inclined in favour of the subjective system, that is, the avoidance of the contract requires imputability as a condition of dolus or fault