La Sentencia del Tribunal Supremo (STS) 625/2024 aborda un caso de agresión sexual en el que se discute la relevancia penal de un beso robado en la mejilla y otro intentado en la boca. Condena a un agente de policía que estando custodiando a una detenida le acosa, insistiéndole con el rechazo de la víctima y al final le da un beso sin consentimiento de la víctima siendo condenado por la vía del abuso sexual del art. 181.1 CP.
El alto tribunal considera que estos actos constituyen un atentado contra la libertad sexual de la víctima, aunque no haya mediado violencia o intimidación grave. La sentencia subraya que cualquier acto que vulnere la libertad sexual de una persona, incluso si se trata de un contacto físico breve y sin consentimiento, puede ser considerado delito de agresión sexual según el Código Penal español.