La disputa en el orden jurisdiccional social de la reclamación de horas extraordinarias plantea problemas probatorios. Se aborda la tríada de posicionamientos de nuestros Tribunales y el criterio sustentado por el TJUE, que es el que, a nuestro juicio, acabará imponiéndose en la medida en que reequilibra la desigualdad de armas, la buena fe en las relaciones laborales, la justa contraprestación del trabajo y tiene el efecto disuasorio para evitar comportamientos empresariales ventajistas.