AS-SOC (Pleno) de 30 de mayo de 2024 (RCUD núm. 5544/2023). Ponente: Excmo. Sr. D. Sebastián Moralo Gallego. Cuestión prejudicial planteada al TJUE en relación con el abuso de la contratación temporal en el empleo público y los problemas derivados de la aplicación de la STJUE de 22 de febrero de 2024 (asunto C-59/22). La cuestión consiste en determinar si el cumplimiento de las Cláusulas 2, 3 y 5 del Acuerdo Marco sobre el trabajo de duración determinada, celebrado el 18 de marzo de 1999 (recogido en anexo de la Directiva 1999/70/CE del Consejo, de 28 de junio de 1999, relativa al Acuerdo Marco de la CES, la UNICE y el CEEP, sobre el trabajo de duración determinada) exige calificar como fija la relación laboral mantenida por la trabajadora demandante con un organismo de la Administración pública, sustentada en varios contratos de duración determinada que se han prolongado en el tiempo durante más de tres años, o cumple adecuadamente con las exigencias del Acuerdo Marco la declaración de esa relación laboral como indefinida no fija y el aparejado reconocimiento de una indemnización disuasoria, a cuyo fin se plantea la siguiente cuestión prejudicial.