De un lado, lo que supone el hecho causante de la entrada de una persona en una prisión, la comisión de un delito, obliga a la Administración Penitenciaria a trabajar en busca de su reinserción. De otro, ese mismo hecho causante constituye una causa de expulsión del territorio nacional. En la práctica, esta situación da lugar a no pocas paradojas, en las que la normativa de protección de datos —en concreto, los datos que administraciones con finalidades diferentes pueden o no compartir— adquiere relevancia vital para evitar extralimitaciones valorativas. Veamos la norma y el supuesto de hecho tipo que da lugar a esta reflexión.