Como jurisdicción causalista, Puerto Rico no ha estado ajeno a las dificultades que, por razón de su formulación, presenta la doctrina de la causa del contrato. Se trata de un problema de conceptualización desde el momento en que fue concebida por la doctrina francesa. Bajo el Código civil de 1930, la causa del contrato es un elemento esencial del contrato que, de estar ausente produce la invalidez del contrato. El nuevo Código civil de Puerto Rico de 2020 es igualmente causalista. Sin embargo, introduce nuevos institutos que influyen directamente en el ámbito de aplicación de la causa.
As a causal jurisdiction, Puerto Rico has not been oblivious to the difficulties that, due to its formulation, the doctrine of the contract cause presents. It is a problem of conceptualization from the moment the French doctrine conceived it. Under the Civil Code of 1930, the contract cause is an essential element that, if absent, produces the contract’s invalidity. The new Civil Code of Puerto Rico of 2020 is equally causal. However, it introduces new institutes that directly influence the cause of the contract.