Rosa Mª Pérez Anaya
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea vuelve a pronunciarse sobre las situaciones discriminatorias que pueden sufrir las personas con discapacidad con el objeto de seguir reforzando su protección en el empleo y en la ocupación. La novedad de la sentencia reside en la necesaria adaptación a la normativa internacional y europea, de una norma nacional que permite la extinción automática del contrato de trabajo de personas en situación de incapacidad permanente total. Para ello, parte de la interpretación respecto al contenido y el alcance que debe tener el artículo 5 de la Directiva 2000/78, que obliga a la empresa a la adopción de ajustes razonables con el objetivo de garantizar el principio de igualdad de trato y no discriminación de las personas con discapacidad, con la salvedad de que ello suponga una carga excesiva para la empresa, debiendo prevalecer, en todo caso, el derecho de la persona trabajadora con discapacidad a mantener su empleo y a desarrollarse profesionalmente