Celia Carrasco Pérez
La Directiva (UE) 2014/1712 pretende dar un paso más en la prevención del delito y protección de las víctimas, situándose en la tercera etapa regulatoria del fenómeno criminal de la trata de seres humanos en la Unión Europea. Esto no solo se observa en todas las novedades que introduce que entre otras se encuentra la incorporación la explotación de la maternidad subrogada, la adopción ilegal y los matrimonios forzados, e introduce un nuevo tipo delictivo en relación con el uso de servicios prestados a sabiendas de que los ofrecen víctimas de trata. Sino que, también a lo largo de sus considerandos dedica la mayor parte de ellos a enfatizar en el necesario abordaje victimo‐céntrico del delito. La Unión Europea consciente de que la trata de seres humanos constituye un problema de gran complejidad por las muy distintas ramificaciones asociadas, apuesta y refleja el compromiso con los derechos humanos por medio de la sensibilización y la formación como componente prioritario para garantizar que las medidas que incorpora se adopten y apliquen adecuadamente.
Directive (EU) 2014/1712 aims to take another step in crime prevention and protection of victims, placing it in the third regulatory stage of the criminal phenomenon of human trafficking in the European Union. This is not only observed in all the new developments that it introduces, which among others include the incorporation of the exploitation of surrogacy, illegal adoption and forced marriages, and introduces a new type of crime in relation to the use of services provided knowingly who offer them to victims of trafficking. However, throughout its recitals it dedicates most of them to emphasizing the necessary victimcentric approach to crime. The European Union, aware that trafficking in human beings constitutes a highly complex problem due to the very different associated ramifications, is committed to and reflects its commitment to human rights through awareness‐raising and training as a priority component to ensure