Pese a la uniformidad de la legislación laboral derivada de la competencia exclusiva estatal otorgada en el art. 149.1.7ª CE, el régimen laboral de los empleados públicos (fijos, indefinidos o temporales) presenta importantes peculiaridades. Sucede señaladamente en materia de régimen disciplinario, en que se altera el sistema de fuentes del Derecho del Trabajo común apartando el Estatuto de los Trabajadores de modo que se aplican muy distintas normas en materia de prescripción y de infracciones y sanciones.