México
En la conformación de los expedientes clínicos hay un derecho inmerso que es el de poner a disposición de las personas toda la información de salud que consideren necesaria para la mejor toma de decisiones con relación a su estado de salud. Por ejemplo, permite a las y los pacientes solicitar una segunda opinión sobre algún diagnóstico o tratamiento, o bien, complementar sus datos en una segunda institución de salud. En las presentes líneas se abordarán conceptualmente los derechos a la salud y a la información, y su interdependencia que da como resultado el derecho a la información de salud en sus vertientes de interés general y personalísima. La metodología desarrollada fue de índole cualitativa, en el terreno descriptivo, para las conceptualizaciones de derechos humanos se tomaron como fuente las observaciones generales de los Comités de Derechos Humanos, y de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Finalmente hacemos una revisión de la normatividad mexicana para analizar cuáles son los alcances, en México, de este derecho a través de los expedientes clínicos.
There is a right embedded in the formation of clinical records, which is to make available to people all the health information they consider necessary for the best decision-making in relation to their health status. For example, it allows patients to request a second opinion on a diagnosis or treatment, or to complement their data at a second health institution. In these lines, the rights to health and information will be conceptually addressed, and their interdependence that results in the right to health information in its aspects of general and very personal interest. The methodol-ogy developed was qualitative in nature, in the descriptive field, for the conceptual-izations of human rights, the general observations of the Human Rights Committees and the Economic, Social and Cultural Rights Committees were taken as a source. Finally, we review Mexican regulations to analyze the scope, in Mexico, of this right through clinical records.