Venezuela
La inmediatez de las comunicaciones, a través de los diversos canales que nos ofrecen las plataformas de mensajería, ya sea correo electrónico, de texto o instantánea, o a través de las redes sociales, ha conllevado a que, a través de éstos, se crucen informaciones, comentarios, opiniones, pero también -y lo que nos interesa en el ámbito jurídico- manifestaciones de voluntades que tengan efectos jurídicos y que constituyan evidencia y prueba de la celebración de negocios jurídicos, incumplimientos contractuales o extracontractuales, incluso delitos, entre otros… Es por ello, por lo que vamos a analizar si todo el contenido de lo que se intercambia a través de dichas aplicaciones, (como conversaciones escritas, mensajes de voz, información sobre la geolocalización, videos o imágenes), pueden ser considerados medios de pruebas, a la luz de la legislación interna vigente, a los fines de que puedan ser llevadas a un proceso, por lo que se analizará su regulación en Venezuela, tanto la legislación como la jurisprudencia existente en esta materia
The immediacy of communications, through the various channels offered by messaging platforms, whether email, text or instant messaging, or through social networks, has led to the crossing of information, comments, opinions, but also -and what interests us in the legal- field expressions of will that have legal effects and that constitute evidence and proof of the celebration of legal transactions, contractual or non-contractual breaches, even crimes, among others… That is why we are going to analyze whether all the content that is exchanged through these apps, (such as written conversations, voice messages, information on geolocation, videos or images), can be considered means of proof, in light of current internal legislation, for the purpose of being brought to a trial, so their regulation in Venezuela will be analyzed, both legislation and existing case law in this matter.