Guillermo Ramírez Fernández
El necesario ajuste de las proposiciones presentadas por las entidades potencialmente contratistas o concesionarias en los procedimientos de adjudicación de contratos públicos exige, inexorablemente, que dicha adecuación se plasme no solo en relación con el pliego de cláusulas administrativas particulares sino también con el denominado pliego de prescripciones técnicas que rige la concreta licitación. No obstante, tanto el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales como nuestro Alto Tribunal han venido a precisar dicha premisa, arrojando importantes matices al respecto.