La conocida hipoteca a la inversa constituye hoy una de las innovaciones más grandes en lo que refiere a instrumentos financieros, esto sin dejar de lado que también se sitúa en una encrucijada doctrinal, ya que puede señalarse como la epítome del “análisis económico del derecho” como corriente de pensamiento, debido a que no se trata de una institución del todo nueva, sino del repensamiento de una ya existente, reemplazando el razonamiento cognitivo de las normas por el juicio sobre la base de la eficiencia de las mismas. Sin embargo, lo anterior ha estado presente (en su mayoría) en mercados regulados que son potestad del poder público y su reserva administrativa y legal, según corresponda. Será responsabilidad del Estado fijar los límites y alcances de este nuevo tipo de instituciones y explotar un mundo de innovación a través de la potestad reglamentaria dando paso al renacimiento de las viejas instituciones
The well-known reverse mortgage constitutes today one of the greatest innovations in terms of financial instruments, but it is also located at a doctrinal crossroads since it can be pointed out as the epitome of the economic analysis of law as a current of thought, since it is not about a completely new institution, instead, a rethinking of *it, replacing the cognitive reasoning of the rules with the efficiency of them. But the above has been present (mostly) in regulated markets that are under the authority of the public power and its administrative and legal reserve as appropriate. It will be the responsibility of the State to set the limits and scope of this new type of institutions and to exploit a world of innovation through the revival of old institutions