Se discute cómo contabilizar el tiempo de contratación fija discontinua (régimen laboral) a efectos de servicios previos cuando una persona accede a la condición de funcionaria. La STS-CONT comentada se inclina por contabilizar como periodo de servicios tanto el tiempo en que se ha trabajado cuanto los tramos intermedios. Invoca el criterio de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo, así como la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea