En el contexto de un contrato de servicios cuyo objeto es la redacción de la modificación del Plan Especial de Reforma Interior (PERI), se cuestiona la validez de la cláusula relativa a la solvencia económica y financiera. Esta exigía tener un «seguro de responsabilidad civil de 1.000.000,00 €, para hacer frente a posibles daños a personas o propiedades, así como las consecuencias que se deriven, daños y perjuicios que se irroguen con ocasión de la ejecución de proyecto. este Seguro estará vigente durante todo el período de ejecución del contrato y durante los 10 años posteriores a la finalización del mismo hasta la finalización del período de responsabilidad civil del proyecto». El valor estimado del contrato era de 104.878,54 euros (IVA excluido), por lo que se entiende que la exigencia es desproporcionada.