La conclusión de la sociedad de gananciales, como consecuencia de actos de violencia de género o como elemento precipitante de violencia contra la mujer y conductas delictivas cometidas a propósito de su ejecución, requiere tanto la consideración de medidas en la prevención delictiva, como un desarrollo legislativo civil que facilite judicialmente la liquidación de bienes —de existir condena previa por violencia de género—, si así lo solicita la víctima unilateralmente.