El auge de la crisis en materia de vivienda ha provocado la reacción de la Administración Pública, la cual se ha manifestado a través de las distintas legislaciones autonómicas. En el caso de Catalunya, las medidas adoptadas por el legislador autonómico han sido particularmente rigurosas, tensionando la fina línea que separa las competencias exclusivas entre el Estado y la citada Comunidad Autónoma. Sin embargo, la contienda no se reduce únicamente a un conflicto de competencias, sino que en el ámbito judicial, y, en particular, la jurisdicción civil, muchos justiciables reivindican el incumplimiento por parte de los sujetos obligados a formular el ofrecimiento de propuesta de alquiler social, debatiéndose en la actualidad si dicho incumplimiento puede ser conocido por el Juez de lo Civil o bien debe ser reclamado frente a la Administración Pública, y, en su caso, frente a la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa.