Por medio del presente artículo se analiza la posible condena en costas en la apelación cuando la controversia se limita a las costas de la primera instancia. Dicha cuestión no es baladí, pues ciertos tribunales han consideración que procede la condena en costas en estos casos, realizando una interpretación equívoca del artículo 397 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.