El Derecho de la Unión debe interpretarse en el sentido de que el concepto de «opinión política» comprende los intentos de un solicitante de protección internacional de defender sus intereses patrimoniales y económicos personales por medios legales contra agentes no estatales que actúan ilegalmente cuando estos, debido a los vínculos de corrupción que mantienen con el Estado de que se trate, pueden utilizar el aparato represivo de este en detrimento de dicho solicitante, en la medida en que los agentes de persecución perciban esos intentos como una oposición o una resistencia en un asunto relacionado con ellos o con sus políticas o métodos