Álvaro Aznar Azcárate
Cada vez es más habitual la circunstancia de que un nacional español tenga vinculaciones con la jurisdicción inglesa y que disponga de algún tipo de activo en esta jurisdicción. Es muy frecuente en los casos de nacionales españoles que, aunque ya no residan en Inglaterra hayan otorgado previamente un testamento según las formalidades españolas para disponer de sus bienes en Inglaterra y Gales. Generalmente en casos tan sencillos como, un único heredero o la existencia de unos bienes relativamente modestos, esta circunstancia no reviste mayor problema. No obstante, los problemas pueden surgir (y surgen) cuando la masa hereditaria en Inglaterra es de un valor considerable, se trata de bienes complejos, existen múltiples herederos o existe una enemistad entre ellos.