En este artículo Iñaki Alonso analiza la forma en la que los Territorios Históricos pueden ejercer las competencias que el ordenamiento jurídico les reconoce en ejercicio de sus derechos históricos en relación con este impuesto, y las derivadas que surgen de los momentos temporales en los que pueden ejercitarse esas competencias.
Concluye que la regulación que realicen las instituciones de los Territorios Históricos no podrá tener efectos para el año 2022, limitándose su aplicación, por tanto, al devengo que se producirá el 31 de diciembre de 2023.