María Dolores Pardeza Nieto
La instalación de una cámara en el dormitorio de su expareja activándola con el clave wifi de la víctima constituye un delito de descubrimiento y revelación de secretos. Argumenta el Tribunal Supremo que cualquier número de identificación personal y, más concretamente, «...un identificador en línea» constituye un dato personal susceptible de protección. De ahí que toda serie numérica o alfanumérica que permita acceder a cualquier servicio prestacional de carácter telemático es un dato de una persona no identificada, pero perfectamente identificable.