En el presente trabajo examinaremos la responsabilidad disciplinaria de la única Fiscalía que, sin estar compuesta por miembros de la Carrera Fiscal, forma parte del Ministerio Fiscal y depende del Fiscal General del Estado: la Fiscalía Jurídico Militar. Su característica a efectos disciplinarios reside en que sus miembros son los únicos servidores públicos (junto con los que ejercen cargos judiciales militares y los secretarios relatores) que están sometidos a una doble normativa disciplinaria: el régimen disciplinario propiamente militar y la llamada responsabilidad disciplinaria «judicial».