María Dolores Pardeza Nieto
En esta sentencia de Pleno el Tribunal Supremo aborda la cuestión de si las redes sociales pueden ser consideradas como el lugar de comisión del delito, un youtuber es condenado a cancelar su cuenta y a no acceder a la plataforma durante 5 años a los efectos de la prohibición de acudir al lugar del delito.