Se aborda la cuestión si es posible, conforme al Código penal vigente, la imposición de penas dirigidas a limitar el acceso a determinados contenidos de internet. Para ello alguna jurisprudencia ha recurrido, o bien a la inhabilitación especial para cualquier otro derecho, o bien a la privación del derecho a residir en determinados lugares o acudir a ellos. Ninguna de estas penas está en condiciones de servir a tales fines. Si se quiere respetar el principio de legalidad de las penas, el legislador debería incorporarla expresamente para la generalidad de los delitos.