El Tribunal europeo analiza las Directivas de recursos en materia de contratos públicos y si el plazo dentro del cual el adjudicatario de un contrato puede interponer un recurso contra una decisión de la entidad adjudicadora por la que se declara admisible la oferta de un licitador excluido puede calcularse tomando como punto de referencia la fecha de recepción de dicha decisión por tal adjudicatario, aun cuando, en esa fecha, por una parte, el licitador no haya interpuesto un recurso contra el resultado final del procedimiento de adjudicación de tal contrato, o no lo haya interpuesto todavía, y, por otra parte, el adjudicatario del contrato no haya recibido la información pertinente relativa a las modalidades de evaluación de la oferta del referido licitador.