Yolanda Cano Galán
El plazo de caducidad de 20 días para interponer demanda por despido se inicia al día siguiente hábil de la fecha de efectos del mismo, sin poderse computar el día en que se presenta la papeleta de conciliación y el día en que se intenta la celebración del acto, congelándose el plazo entre dichas fechas y reiniciándose al día siguiente hábil de la celebración del acto de conciliación —si no han transcurrido 15 días desde la presentación de la papeleta de conciliación— o al día siguiente hábil transcurrido los 15 días hábiles desde que se presentó la papeleta de conciliación, pudiéndose presentar la demanda hasta las 15:00 horas del día 21 del plazo en aplicación del art. 135.1 LEC.