Rafael Álvarez Gimeno
En un intento de favorecer la estabilidad laboral, el Real Decreto-ley 32/2021 ha reformado profundamente el sistema de contratación. Al margen de la desaparición del contrato por obra o servicio, las demás modalidades temporales han sido renombradas y reformuladas. En este artículo se aborda el estudio de todas las causas estructurales que permiten contratar temporalmente, poniendo de manifiesto las necesidades a las que estas se refieren, las alternativas que tienen las empresas, así como las principales lagunas y contradicciones que presenta la nueva regulación.