Manuel Jesús Dolz Lago
Decomiso autónomo: procedimiento. Demanda del Ministerio Fiscal. Su relación con el proceso penal de blanqueo de capitales. Presunciones legales. Responsabilidad ex delicto. Sujetos responsables. Partícipe a título lucrativo: La acción de decomiso autónomo contra terceros (art. 127 quáter CP en relación con el art. 803 ter j LECrim) es compatible con la que también pueda ejercerse en el mismo proceso contra el acusado rebelde o contra el investigado respecto del que concurran indicios de criminalidad, en los términos del art. 127 ter CP. En puridad, en estos supuestos se ejercen dos acciones de forma cumulativa, sin ninguna interdependencia que condicione la legitimación de los unos y de los otros, a salvo el cuestionable supuesto excepcional de no llamamiento al tercero previsto en el art. 803 ter A 2 b) LECrim.