La evolución de la contratación analógica, en formato papel, a la que aún están acostumbradas una parte importante de la ciudadanía, hacia una contratación presencial, pero estrictamente digital, a la que se ven sometidas actualmente, las personas de todas las edades, puede implicar que la legislación de protección de los derechos de las personas consumidoras sea ineficaz para cumplir con sus objetivos, si no se consigue un cambio, en la diligencia profesional de las empresas, y un cambio en los hábitos de diligencia personal, por parte de este colectivo de personas consumidoras.