Hasta el momento, la política del Derecho de la Seguridad Social en clave de igualdad de género se ha hecho más a golpe de sentencia, en especial con los reveses que, con creciente frecuencia, recibe la legislación española del TJUE, instada por posiciones críticas de una minoría de órganos judiciales especializados, eso sí, en el Derecho de la Unión Europea. En fechas recientes, la conmoción ha venido de la mano de la STJUE 24 de febrero de 2021, que otorga un derecho históricamente reivindicado por las empleadas de hogar, tanto como se le ha venido denegando, injustamente: la prestación por desempleo. Además de ofrecer una regulación inmediata acorde con este imperativo de igualdad, debería ser la oportunidad, máxime en el actual escenario de profundas reformas de las pensiones (Ley 21/2021, de 28 de diciembre), de tomarse más en serio esta obligación de diligencia debida en materia de igualdad de género.