Brasil
La Declaración Universal de Derechos Humanos (1948) presenta, en su artículo 1º, el tipo de asociación requerida para la realización de los Derechos Humanos: la comunidad de los libres e iguales basada en los principios fundamentales de la libertad, la igualdad y la fraternidad. El artículo 1º es la síntesis de la Declaración y los artículos siguientes, que enumeran derechos, la explicitación de su contenido. De modo que puede decirse, indiferentemente, que la buena sociedad es aquella en que todos los Derechos Humanos son asegurados a todos. Este proyecto de sociedad requiere una configuración formal particular de Derecho Positivo, conocida como imperio de la ley (rule of law). El artículo tiene como objetivo explicar los vínculos entre los principios sustantivos del proyecto de sociedad.