El RDL 32/2021 ha ampliado el ámbito del contrato fijo-discontinuo. Por un lado, ha incluido en él los anteriores contratos fijos-periódicos. Por otro lado, da cabida en él otras necesidades que difícilmente encajan en su función tradicional como son las relacionadas con la descentralización. Esto se concretará probablemente en un elevado uso de estos contratos en el futuro inmediato. Por lo que se refiere a las modificaciones del régimen jurídico, aunque siguen abiertos algunos problemas tradicionales, se detecta ciertas mejoras en la protección de los trabajadores. No obstante, corresponderá a la negociación colectiva culminar el proceso.
RDL 32/2021 has expanded the scope of the permanent-discontinuous contract. On the one hand, it has included in it the previous fixed-periodic contracts. On the other hand, it includes other needs that hardly fit in its traditional function, such as those related to outsourcing. This will probably result in a high use of these contracts in the immediate future. As regards changes in the legal regime, although some traditional problems remain open, certain improvements in the protection of workers have been detected. However, it will be up to collective bargaining to complete the process.