Vicente Magro Servet
Análisis de la reforma introducida en la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, que ha modificado el art. 192.3 CP para acordar la pena de inhabilitación especial para cualquier profesión, oficio o actividades, sean o no retribuidos, que conlleve contacto regular y directo con personas menores de edad en los delitos comprendido en el Título VIII CP de los delitos contra la libertad e indemnidad sexuales, es decir, incluso cuando la víctima sea mayor de edad