La regulación y aplicación de las cuestiones prejudiciales en el proceso penal, y de las cuestiones prejudiciales penales en los procesos de los demás órdenes jurisdiccionales, ha evolucionado a lo largo de la historia reciente, siendo precisa una mejora de su régimen jurídico y/o en su interpretación jurisprudencial. Partiendo de la unidad de la Jurisdicción y configurando la naturaleza de las cuestiones prejudiciales como un conflicto de competencia menor entre distintos órdenes jurisdiccionales, en este artículo se proponen soluciones «de lege data et ferenda» que paliarían las actuales deficiencias. Se aluden también, como prejudicialidades peculiares, las cuestiones de inconstitucionalidad ante el TC y de Derecho europeo ante el TJUE.