Madrid, España
El debate sobre la vigencia del control de convencionalidad para asegurar los estándares más elevados de derechos desde la norma internacional se encuentra de plena actualidad en nuestro ordenamiento jurídico. Desde la Covid-19 se detecta una mayor familiaridad en el recurso a normas tales como el Convenio 158 de la OIT y la Carta Social Europea para la resolución de los litigios internos, tanto en el ejercicio del control de convencionalidad como en su rechazo. El objeto de este artículo es actualizar los elementos jurídicos y legales que avalan al control de convencionalidad, pero al mismo tiempo reflexionar sobre las cautelas, lagunas y posibles usos extensivos que se extralimitarían de su contenido y esencia. Sin duda, el debate en estos términos puede posibilitar un uso más adecuado y armónico entre el Derecho internacional y el Derecho interno.
The debate on the validity of conventionality control to ensure the highest standards of rights from the international norm is fully topical in our legal system. Since Covid-19, a greater familiarity has been detected in the use of standards such as ILO Convention 158 and the European Social Charter for the resolution of internal disputes, both in the exercise of conventionality control and in its rejection. The purpose of this article is to update the legal and legal elements that support the conventionality control, but at the same time to reflect on the precautions, loopholes and possible extensive uses that would exceed theircontent and essence. Undoubtedly, the debate in these terms can enable a more adequate and harmonious use between international law and domestic law.