La sentencia de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo de 6 de mayo de 2021 (Sec. 5ª, rec. casación 2329/2020, ponente D. Wenceslao Francisco Olea Godoy), declara que «la paralización del procedimiento sancionador durante un plazo superior a un mes, reinicia el plazo de prescripción de la infracción, en cuyo cómputo queda excluido el mencionado plazo mensual de paralización».