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Un contribuyente interpone recurso contra una liquidación firme por el procedimiento especial de nulidad de pleno derecho del art. 217 LGT, alegando que dicha liquidación era contraria al principio constitucional de capacidad económica y que, por lo tanto, resulta de aplicación el supuesto a) de dicho artículo. ¿Debe estimarse el recurso?


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