Recientemente se ha aprobado la Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, de regulación de la eutanasia. Esta norma supone la legalización de la eutanasia activa directa en España y su inclusión dentro de la cartera común de servicios del Sistema Nacional de Salud. Entre otras cuestiones, este extremo nos obliga a repensar la lex artis sanitaria y el estatuto jurídico de los pacientes. Además, la precitada Ley Orgánica presenta ciertas deficiencias que merecen ser analizadas.