Celso Rodríguez Padrón
No resultan novedosas las incógnitas que abre el Anteproyecto de Ley de Enjuiciamiento Criminal que ha visto la luz en el año 2020. Desde un punto de vista conceptual al resucitar un debate ya surgido a propósito de los anteriores intentos de modificación del modelo procesal penal (2011 y 2013) que pasa por la asignación al Ministerio fiscal de la función de instrucción. Pero ofrece al mismo tiempo este proyecto otras incógnitas que apuntan a su viabilidad real. Partiendo de la asunción de la necesidad de remodelación integral de la planta judicial, así como de la redefinición orgánica de la estructura del sistema judicial, se echa en falta en el presente artículo una planificación ordenada y paralela que pueda estar operativa a tiempo para asumir con garantías la transformación que se persigue en nuestra Justicia penal. Desde el punto de vista institucional, abordando una transformación radical del Ministerio fiscal, que pueda superar las dudas que siempre ha ofrecido su régimen de dependencia. Desde el punto de vista organizativo, llevando a la práctica una inversión decidida en Justicia que, hasta ahora, sigue siendo la gran ausente. Precisamente por ello, como reflexión final se apunta una incógnita retórica: y mientras tanto no se llevan a cabo todas estas modificaciones… qué?